Muerte por Negligencia

Abogado De Muerte Por Negligencia En Laredo

La muerte de un miembro de la familia es una tragedia y el dolor puede parecer insuperable. Cuando usted descubre que la muerte fue prevenible y debido a la negligencia de otro, su pena se agrava. Si usted era financieramente dependiente de la persona que murió, además de sus lágrimas, se encuentra con el estrés de preguntarse cómo va a pagar su hipoteca o renta, comprar sus comestibles o pagar el seguro de su automóvil. Los niños menores de edad a menudo se sienten inseguros, sin saber ahora lo que les depara el futuro.

En el Bufete Legal de Laredo de Eric A. Ramos, sabemos que ninguna cantidad de dinero puede compensar la pérdida de su ser querido. También sabemos que recibir compensación de quienquiera que negligentemente le quitó la vida a su ser querido puede ayudarle a superar los meses y años venideros con algo de seguridad financiera.

Muerte Por Negligencia: Qué Significa Y Quién Puede Presentar Una Demanda

La ley de Texas define una muerte por negligencia como aquella que es causada por un «acto de negligencia, descuido o falta de habilidad» de una de las partes en contra de otra. La ley también dispone que ciertas personas que tenían una relación cercana con el fallecido presenten una demanda por muerte por negligencia contra aquellos que fueron negligentes.

Los sobrevivientes que pueden presentar una demanda incluyen:

  • El cónyuge del difunto.
  • Hijos del difunto, tanto biológicos como legalmente adoptados.
  • Los padres del difunto.

Los sobrevivientes pueden presentar una demanda en nombre de todos ellos, o cada uno puede presentar individualmente su propia demanda. Si ninguno de ellos presenta la demanda dentro de los tres meses posteriores al fallecimiento, el representante ejecutivo o personal de la sucesión del fallecido puede presentar la demanda en nombre de la sucesión.

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Daños Y Perjuicios Disponibles Por Muerte Por Negligencia

La ley describe los daños que usted puede cobrar de aquellos que fueron responsables de la muerte de su ser querido. Entre ellos se incluyen

  • Gastos funerarios y de sepelio.
  • Gastos médicos incurridos por el difunto que se debieron al acto negligente.
  • La ayuda económica futura que el fallecido habría proporcionado al superviviente.
  • Compensación por dolor, sufrimiento y pérdida de compañía.
  • Pérdida de herencia tal como la pensión de jubilación que el difunto habría ganado de no ser por la muerte.

Por Qué Necesita Un Abogado De Laredo Por Muerte Por Negligencia

Desafortunadamente, los ajustadores de seguros, que trabajan en nombre de la compañía que aseguró a quienquiera que causó negligentemente la muerte de su ser querido, no son sus amigos. No importa cuán compasivos parezcan ser los ajustadores, recuerde que su misión es ahorrar dinero a su compañía. Eso significa que le pagan lo menos que pueden.

En un momento en que es vulnerable, hacen una oferta baja, sabiendo que necesita dinero y que estará inclinado a aceptar cualquier cosa que se le ofrezca. Si acepta la oferta, renunciará a su derecho de cobrar más, sin importar lo injusto que más tarde descubra que fue el acuerdo.

En el Bufete Legal de Laredo de Eric A. Ramos, sabemos cómo valorar adecuadamente su pérdida. También sabemos cómo negociar con los ajustadores para maximizar su compensación. Si es necesario para llevar su caso a juicio, somos ávidos defensores en la sala del tribunal.

Tipo De Casos Que Manejamos

La mayoría de los tipos de casos que manejamos provienen de los siguientes tipos de accidentes:

  • Accidentes de motocicleta y peatones.
  • Accidentes de auto.
  • Accidentes de camiones.
  • Accidentes relacionados con el trabajo como caídas de escaleras, andamios u otros lugares altos.
  • Productos y equipos defectuosos.
  • Cualquier accidente que haya causado una lesión mortal.

    Programe Una Consulta Gratuita, Confidencial Y Sin Compromiso

    En el Bufete Legal de Laredo de Eric A. Ramos, ofrecemos una consulta inicial gratuita. Esto es totalmente confidencial. Si decidimos trabajar juntos y seguir adelante con la demanda, no le cobramos nada, ni honorarios ni costos, a menos que recuperemos la compensación por la muerte de su ser querido.

Excepto en casos muy raros, la ley requiere que usted presente su caso dentro de los dos años de la muerte de su ser querido. Si no cumple con ese plazo, nunca podrá solicitar una indemnización por su pérdida. No espere. Contáctenos ahora al (956) 275-6060.

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